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Consejo Superior del Ministerio Público destituye a procurador Juan Medina de la inspectoría general

Medina fue destituido faltándole dos meses para completar los dos años de gestión

La procuradora general Miriam Germán Brito confirmó la tarde de este lunes la remoción del procurador adjunto Juan Medina de los Santos, de la Inspectoría General del Ministerio Público.

Explicó que la decisión fue tomada, en atribuciones de sus funciones, por el Consejo Superior del Ministerio Público durante la reunión del pasado viernes y con el voto disidente de una consejera. Sin embargo, se desconoce las razones de su destitución.

Fue el pasado 9 de octubre de 2020 que el Consejo designó a Medina de los Santos inspector general del Ministerio Público, cuya función en el cargo era la de encabezar las investigaciones disciplinarias, de oficio o por denuncia, las faltas atribuidas a miembros del Ministerio Público y presentar las acusaciones cuando corresponda.



Causó polémica el proceso investigativo el 21 de junio del año pasado en contra de la fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, y otros miembros del Ministerio Público, por darle un “manejo irregular” al caso César el Abusador. Dos días, después, el 23 de junio, Ramos se desapoderó del caso para “garantizar la transparencia de la investigación disciplinaria en su contra”.

Luego, el 30 de noviembre Ramos interpuso una denuncia en contra de Medina, acusándolo de acoso laboral y violencia de género. También lo había sometido por supuesta falsedad y uso de documentación falsa.

En tanto, la magistrada Germán Brito indicó que en esta semana el organismo colegiado se reunirá para conocer la propuesta de quien sustituirá en las labores de inspector general al procurador adjunto Juan Medina de los Santos, de acuerdo a la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11.

De acuerdo a la referida ley, el titular debe ser designado entre los procuradores adjuntos de la persona que encabece la Procuraduría General de la República y permanecerá en el cargo por dos años, aunque su mandato puede ser renovado para un segundo período consecutivo.

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